Conocida
la comisión de un hecho punible, el Investigador Criminal se debe trasladar al
lugar del hecho, una vez en el sitio, procederá de la siguiente manera:
1.- Comprobación del hecho: Es la diligencia policial que consiste en la verificación directa en
el mismo sitio de ocurrencia del hecho.
1.1.- Verificada la comisión
del hecho punible: En el sitio del suceso, se deberá
practicar un análisis del mismo, organizando en equipos a los diferentes
funcionarios de acuerdo a la metodología que se ajuste al caso y asignándole
una misión individual a cumplir:
1.1.1.- De
protección del sitio del suceso: En el cual debe
alejarse del sitio del acontecimiento a todas las personas de las que ya no es
necesaria su presencia y quienes pudieron tener participación antes de la
llegada de la Policía Científica, bomberos, paramédicos, policías uniformados,
familiares de la víctima, testigos, periodistas, curiosos, entre otros, a fin
de proteger la escena del crimen.
1.1.2.- Observación del Sitio del Suceso,
ubicación de Evidencias: Se procederá a observar
y analizar cómo fue encontrado el lugar de los acontecimientos, y una vez
ubicadas las evidencias digitales, físicas o materiales, se procederá a su
fijación: en forma de narración (Inspección Técnica), en forma de graficación
(Levantamiento Planimétrico), fotográficamente, en vídeos u otros medios; luego
se continuará progresivamente con los pasos de: colección, embalaje, rotulado,
etiquetado, preservación y traslado de las evidencias a las respectivas
dependencias de Investigación Penal, Criminalísticas, y Ciencias Forenses, u
órganos jurisdiccionales.
1.1.3.- Búsqueda
y localización de testigos presenciales o referenciales: Cada persona deberá ser entrevistada en forma individual y ninguno de
los sospechosos ni testigos deben oír lo que manifiestan los demás. Es
conveniente que testigos por entrevistar sobre todo los más dignos de
confianza, sean escuchados antes de entrevistar al sospechoso para que el
experto en entrevista pueda estar suficientemente informado. Una vez
entrevistados brevemente y conocida su versión, se procederá a trasladar al
Despacho y/o hacerle entrega de boletas de citación a fin de recibirles su
testimonio y elaborar un acta de entrevista.
2.- Práctica
de Peritajes en el Sitio del Suceso: Las
experticias pertinentes son: Inspección Técnica, Trayectoria Balística,
Activación de Huellas, Rastros, Marcas, Microanálisis, entre otras.
3.- Interpretación
del sitio del suceso. Formulación de hipótesis: Cumplidos
los pasos anteriores, se debe interpretar lo que aconteció en el sitio,
utilizando la lógica, con la finalidad de formularse las hipótesis
correspondientes y orientar las investigaciones. Las hipótesis deben ajustarse
y ser coherentes con la información plenamente establecida mediante el
conocimiento del hecho y de las relaciones determinadas, con base en datos, y
que tengan conexión con otros hechos.
4.- Análisis de la información: El
investigador criminal, en conjunto con el grupo interdisciplinario, debe
realizar un juicioso y profundo análisis de la información que se ha
recolectado durante el desarrollo del proceso del inicio de la investigación.
5.- Planeación
de la investigación criminal: A partir de las
hipótesis que el grupo interdisciplinario ha escogido y del análisis de la
información recolectada, se desarrolla el plan de investigación en el que se
establecen las preguntas a las que se les está buscando respuesta.
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