Existen
disposiciones dispersas en colecciones de índole religiosa (Sagrada Biblia, Código
de Hammurabi, Código de Manú, el Avesta), resaltando las normas dadas por Moisés
en el Levítico, sobre la forma de conocer la virginidad de las mujeres, la sodomía,
enfermedades venéreas y sobre la menstruación.
En Roma
se disponía que se exhibiesen públicamente los cadáveres de personas que habían
muerto por causas desconocidas o violentas, para que los peritos manifestaran
su parecer.
Las
reglas de Hipócrates sobre plazos de gestación adoptadas en la Ley de la XII
Tablas.
Ley de
Numa Pompilio que obligaba a la histerectomía de las mujeres embarazadas que fallecían,
antes del parto, para salvar al hijo, lo que hoy conocemos como cesárea.
En la
Edad Media, debido a los prejuicios religiosos se prohíben las autopsias, porque
se teme que las almas de los cadáveres
mutilados puedan verse privadas del cielo.
En
1374 la Universidad de Montpellier es autorizada para abrir los cadáveres, la organización
en Paris de “El Chatelet” por mandato de Felipe El Hermoso da nacimiento a la
Medicina Forense; en 1532 la Dieta de Ratisbona dictada por la Constitutio Carolina
hace obligatorio el peritaje médico legal.
En el
siglo XVI aparecen varias obras de
Medicina Legal como la de Ambrosio Paré (1575), Juna Felipe Ingrassia (1578),
Fortunato Fedelis (1598) y Pablo Zacchia (1621).
Destacan
trabajos en el siglo XIX como los de: Orfila, Lacassagne, Tardieu, Brouardel, y
Briant et Claud en Francia,; Casper y Lima en Alemania; Sir Robert Christison, Taylor
y Smith en Inglaterra y Cesar Lombroso en Italia.
Trabajos
y obras como los de: Blathazard, Thoinot y Vibert en Francia; Ponsold en Alemania;
Carrara y Dalla Volta en Italia, González y Vance en Estados Unidos; Luis
Espinel, Jack Castro Rodríguez y Guigni en Venezuela; Nerio Rojas en Argentina;
Alfonzo Quiróz Cuarón en México y Vargas Alvarado en Costa Rica.
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